Las deudas no son para toda la vida. Existe la norma de que las deudas se deben de pagar. Sin embargo, la Ley de Segunda Oportunidad ofrece soluciones a una situación excepcional de una persona sobreendeudada.
Primero, se intenta un acuerdo con los acreedores (que en la práctica muchas veces no se consigue). Se envía un email al Colegio de Notarios, con tu DNI y el certificado del Padrón.
El Colegio de Notarios de Catalunya te designa un Notario de tu domicilio. Es importante estar bien asesorado por un abogado en estos trámites iniciales por cuanto condicionan el resto del concurso así como su resultado.
El deudor comparece en la Notaria designada y aporta un formulario de su situación con una serie de documentos: certificado de antecedentes penales, últimas nóminas, Declaración de la Renta, relación de deudas, etc. El Notario nombra a un mediador concursal de una lista, que procurará el acuerdo con los acreedores. Sino es posible presentará el concurso en el Juzgado competente .
Y segundo , el concurso busca la liquidación de los bienes del deudor para satisfacer a los acreedores. Existirán bienes de escaso valor o que su venta sea antieconómica, como por ejemplo puede ser un vehículo antiguo. En este caso se excluye del concurso, no se vende por cuanto lo que se pudiera obtener es de escaso valor, y podría obligar a incurrir en más gastos al deudor.
La Ley busca que el deudor actúe de buena fe y establece diferentes vías para ello; la más clara es intentar un acuerdo con los acreedores . Se busca darle una oportunidad a las personas para que sean activas laboralmente.
Al final del concurso, una vez liquidados tus bienes, se exoneran las deudas que queden pendientes, te liberas de las mismas.
En Bigorra Advocats tenemos amplia experiencia en derecho concursal, y hemos tramitado con éxito concursos de personas físicas, liberándolas de sus deudas. Solicita una cita al teléfono 937883512 (Marçal) o enviando un email a bigorra.canals@icater.org