NOVEDADES DECLARACION RENTA / PATRIMONIO 2.017

No hay grandes cambios respecto a la normativa introducida en el año 2.015.

Destacamos algunos puntos:

  • No hay exención de dividendos con el límite de 1.500.- € anuales.
  • En cuanto a los alquileres sigue el 60% de reducción para los arrendamientos de vivienda (anteriormente había una reducción del 100% en determinados casos).
  • En rendimientos de la actividad económica, en régimen de estimación directa simplificada , los gastos de difícil justificación se limita a 2.000.- € anuales.
  • Se mantiene la exención de las ganancias de personas mayores de 65 años en la transmisión de elementos patrimoniales, siempre que el total importe obtenido por la transmisión se destine en el plazo de seis meses a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor, la cantidad máxima total que podrá destinarse será de 240.000.-€.
  • Integración en la renta del ahorro de la totalidad de ganancias y pérdidas patrimoniales.
  • No se actualizan los mínimos personales y familiares que viene aplicándose desde el 2.015 y 2016.
  • Siguen suprimidas la deducción por alquiler de la vivienda habitual, sin perjuicio del régimen transitorio de los contratos de antes del 1 de enero de 2.015.
  • Se sube el límite de la obligación para declarar hasta los 12.000.- euros, para los perceptores de rendimientos de trabajo (antes del 2.015 era 11.200.- €).
  • Nuevas deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo.
  • Todas las Comunidades Autónomas tienen su propia escala general del IRPF, y todas tienen deducciones propias o modifican las estatales.
  • Se mantiene en vigor el Impuesto sobre el Patrimonio, restablecido para el año 2.011.
  • Mínimo exento para declarar de 700.000.- € y elevación de la exención de la vivienda habitual hasta un importe máximo de 300.000.- €.
  • El Impuesto de Patrimonio es un tributo cedido a las Comunidades Autónomas, y en concreto en Catalunya ha establecido un mínimo exento propio de 500.000.- €
  • También hay Comunidades, como en Catalunya, en que han aprobado una escala propia. En Bigorra Advocats le asesoramos en su situación fiscal, y le realizamos su Declaración de la Renta y del Patrimonio; llama al 93.788.35.12 o mándanos un email a bigorra.canals@icater.org