La reforma del Código Penal del 2.015 refuerza la responsabilidad penal de las empresas por los delitos cometidos por sus representantes y trabajadores.
¿A qué se puede condenar una empresa? Para poner un ejemplo de una sentencia reciente del Tribunal Supremo, de 16 de marzo de 2.016, se condenó por estafa a los representantes de una inmobiliaria por cobrar dos comisiones por la misma compraventa, al comprador y al vendedor. La empresa fue condenada a pagar una multa de 24.000.- euros , el cierre del local y cese de la actividad durante 6 meses. Además se le condena a devolver ambas comisiones.
¿Cómo evitar que la empresa sea condenada?
1º) Debe implantarse los llamados “modelos de organización y gestión”, que contienen medidas de vigilancia y control para prevenir los delitos. Deben cumplirse los siguientes requisitos: a) Identificar las actividades en cuyo ámbito puedan ser cometidos los delitos que deben ser prevenidos. b) Establecer procedimientos c) Disponer de recursos financieros para impedir los delitos. d) Tener un sistema disciplinario que sancione y e) Verificar periódicamente el modelo y modificarlo cuando sea necesario.
2º) se debe nombrar una persona, llamada compliance officer, responsable de supervisar el funcionamiento y que se cumpla el modelo de prevención (asume la gestión de un modelo ya implantado). Puede estar dedicado en exclusiva o no, como puede ser un órgano interno o externo.
En empresas de pequeña dimensión, dichas funciones pueden ser asumidas por el representante legal.
Esta normativa busca tres objetivos; prevención, detección de conductas y reacción frente e dichas conductas.
¿Cómo atenuar la responsabilidad si el delito ya se ha cometido?
Se pueden hacer 4 acciones: 1) confesar a la autoridad , 2) colaborar con la investigación, 3) antes del juicio reparar o disminuir el daño causado por el delito. Y 4) Haber establecido, antes del juicio, medidas para prevenir y descubrir los delitos.
En Bigorra Advocats le podemos asesorar, diseñar los modelos de organización que sean efectivos para excluir o atenuar la responsabilidad de su empresa.