SENTENCIA GANADA CONTRA EL BANCO DE SABADELL

Este mes de abril recibí la sentencia desestimatoria de un juicio de desahucio; se trataba de un caso claro de precario, en que ellos mis clientes no tenían ni contrato de alquiler ni pagaban alquiler.

El Banco de Sabadell presentó una demanda para echarlos, que se tramitó en el Juzgado de Rubí. En la contestación observé que el Banco sólo aportaba como prueba documental un recibo de la contribución, que tampoco parecía coincidir con el piso donde vivían mis clientes.

Alegué la falta de legitimación, es decir que el Banco de Sabadell no era el propietario del piso. Para mi sorpresa, en el juicio, la abogada no aportó ningún documento ni hizo prueba de ningún tipo.

La Sentencia desestima la demanda del Banco al decir que el recibo de contribución no prueba que el piso sea propiedad del Banco, y condena en costas al Banco.

Hay que decir que la Sentencia no es firme, ya que cabe recurso de apelación en el plazo de 20 días hábiles, pero creo que no apelarán ya que existe una falta de prueba que en el recurso de ninguna manera se puede suplir.

Mi opinión es que se cometió una negligencia profesional al hacer la demanda y no aportar ningún documento que demostrara que eran los propietarios (una nota simple del Registro de la Propiedad vale menos de 10 euros); el segundo error fue en el juicio, que se podría haber subsanado y aportar el documento correspondiente. Es cierto, que yo hubiera protestado, pero seguramente, el Juez hubiera admitido el documento y habría estimado la demanda.

La consecuencia es que mis clientes pueden seguir disfrutando del piso, sin pagar nada, y además el Banco deberá pagar las costas procesales.

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